4.1. CUMPLIMENTACIÓN DEL INFORME

El informe de inviabilidad o el de coste, no debe entrar en valoraciones subjetivas, opiniones desde el Área o distrito sobre la conveniencia o no del proyecto, alternativas al mismo, o sobre los planes que se tengan desde las mismas, es decir, no debe incluir criterios de oportunidad.

En el proceso de los presupuestos participativos el proyecto y la decisión es exclusivamente de la ciudadanía (independientemente de que internamente se pueda pensar que se comete un error o se tenga otro proyecto), por lo tanto los informes deben limitarse a dar razones técnicas en un sentido u otro respecto exclusivamente a lo propuesto.

El objetivo será siempre facilitar lo máximo posible la realización de los proyectos, así como la satisfacción de la ciudadanía con la respuesta en caso de que la ejecución no fuese posible.

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